El siniestro deberá ser comunicado a La Compañía por escrito a los Centro de Servicio de Atención al Cliente de La Compañía o en las oficinas del comercializador, dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que se tenga conocimiento de la ocurrencia o del beneficio, según corresponda.
Procedimiento para Fallecimiento Accidental: El(los) beneficiario(s) o la persona que está actuando en su representación deben acercarse a la oficina de Centro de Servicio de Atención al Cliente de La Compañía o al Comercializador con los siguientes documentos:
- Carta simple dirigida a La Compañía solicitando el pago de la suma asegurada.
- Original de la denuncia policial.
- Copia del DNI del (los) Beneficiario (s);u Original o Copia legalizada de Partida de nacimiento, según sea el caso.
- Original o copia certificada del certificado médico de defunción, en formato oficial completo.
- Original o copia certificada del acta o Partida de Defunción del Asegurado;
- Original o copia certificada del atestado policial completo, en caso corresponda.
- Original o copia certificada del certificado y/o Protocolo de Necropsia completo, en caso corresponda.
- Original o copia certificada del resultado del examen de Dosaje Etílico, en caso corresponda.
- Original o copia certificada del resultado del examen Toxicológico, en caso corresponda.
Al Fallecimiento Accidental, el (los) Beneficiario (s), acreditando su calidad de tales, podrán exigir el pago de las Sumas Aseguradas presentando los documentos indicados.
Procedimiento para Invalidez Permanente Total o Parcial por Accidente del Asegurado: el Asegurado acreditando su calidad de tal, podrá exigir el pago de las Sumas Aseguradas presentando a la oficina de Centro de Servicio de Atención al Cliente de La Compañía o al Comercializador los documentos que se indican a continuación:
- Carta simple dirigida a La Compañía solicitando el pago de la Suma Asegurada.
- Copia del DNI del Asegurado.
- Original o copia certificada del resultado del examen de Dosaje Etílico, en caso corresponda.
- Original o copia certificada del resultado del examen Toxicológico, en caso corresponda.
- Original de la Denuncia Policial.
- Original o copia certificada del atestado policial completo, en caso corresponda.
- Original o copia certificada del dictamen de invalidez del COMAFP o COMEC, en caso corresponda.
De requerir La Compañía aclaraciones o precisiones adicionales respecto de la documentación e información presentada por el Asegurado, deberá solicitarlas dentro de los primeros veinte (20) días del plazo de treinta (30) días con los que cuenta La Compañía, para consentir el siniestro, lo que suspenderá el plazo hasta que se presente la documentación e información solicitada.
En caso de Invalidez Permanente Parcial o Total por Accidente de no presentarse el Dictamen de invalidez del COMAFP o COMEC, La Compañía examinará al Asegurado por los médicos que se designen para el efecto, pudiendo adoptar todas las medidas conducentes a la mejor y más completa investigación para determinar la certeza, naturaleza y gravedad de las lesiones originadas en el accidente y verificar el grado de invalidez respectivo, de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 14.
Si el Asegurado falleciera a consecuencia directa e inmediata de un accidente, durante o después del periodo de pago por Invalidez Permanente ocasionado por el mismo accidente, La Compañía pagará la suma asegurada respectiva al Beneficiario por concepto de cobertura de Fallecimiento por Accidente previa deducción de lo pagado por Invalidez Permanente a la fecha de ocurrencia del deceso del Asegurado.